Regla 1. Cálculo de la parte de la ganancia patrimonial generada antes de 20/01/2006 Se determina la parte de la ganancia patrimonial susceptible de reducción en función de la proporción que representan los dÃ*as transcurridos desde la fecha de adquisición hasta el 19 de enero de 2006 con respecto a los dÃ*as totales transcurridos desde la fecha de adquisición hasta la de transmisión.
Regla 2. Cálculo de la reducción Para determinar el importe de la reducción, sobre la parte de ganancia que puede ser objeto de reducción, se aplicará el porcentaje de reducción del 11,11% por cada año de permanencia en el patrimonio del contribuyente que exceda de dos desde su adquisición hasta el 31-12-1996, redondeado por exceso.