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View Full Version : Must I remove my TV aerial?



Anthony
01-21-2009, 10:17 AM
I have a small property in Spain, and I have a T.V.aerial which I purchased,and I pay monthly for a T.V. service. I have received a letter from our administrator which says and I quote

"we would like to inform you that the community has Spanish and English T.V. installed so all private dishes/aerials must be removed as soon as possible by Spanish Law"

My question is simple is the administrator correct? The issue has not been discussed by the owners at an A.G.M. or by the committee

Your reponse would be appreciated. Thank you in anticipation

Lawbird Lawyer
01-22-2009, 11:21 AM
Dear Sir,


This matter is ruled by both national law and by local laws (ordenanzas municipales).

As you don't specify where you live I will only explain the national law: Real Decreto-Ley 1/98, sobre Infraestructuras Comunes en los Edificios para el Acceso a los servicios de Telecomunicación, de 27 de febrero

In article 6:

ArtÃ*culo 6. Obligación de instalación de la infraestructura.

1. Será obligatoria la instalación de la infraestructura regulada en este Real Decreto-ley en las edificaciones ya concluidas antes de su entrada en vigor o que se concluyan en el plazo de ocho meses desde que ésta se produzca, si concurre alguna de las siguientes circunstancias:

a) Que el número de antenas instaladas, individuales o colectivas, para la prestación de servicios incluidos en el artÃ*culo 1.2, sea superior a un tercio del número de viviendas y locales. En este caso, aquéllas deberán ser sustituidas, dentro de los seis meses siguientes a la entrada en vigor de este Real Decreto-ley, por una infraestructura común de acceso a servicios de telecomunicaciones. Si se superase el lÃ*mite referido después de la citada entrada en vigor, el plazo de seis meses se computará desde el dÃ*a en que se produzca esa circunstancia.

Será a cargo de quienes tengan instaladas las antenas para la recepción de servicios, el coste de la infraestructura, de su instalación y de la retirada de la preexistente, sin perjuicio de que si se beneficiare de la nueva infraestructura algún otro propietario de piso o local o, en su caso, algún arrendatario del edificio, deberán éstos participar en el coste, en la proporción correspondiente.

b) Que la Administración competente, de acuerdo con la normativa vigente que resulte aplicable, considere peligrosa o antiestética la colocación de antenas individuales en un edificio. En este supuesto, quienes deseasen la recepción de los servicios, a los que se refiere el artÃ*culo 1.2 de este Real Decreto-ley, deberán sufragar el coste de instalación de la infraestructura, sin perjuicio de repercutir en los propietarios de los demás pisos o locales o, en su caso, en los arrendatarios el importe de la inversión, en la proporción correspondiente, si éstos solicitaren servirse de aquélla

6 a) If the antennas installed are >1/3 of the properties then a communal one will be installed.

b) If the local authority (e.g. town hall) considers antaesthetic to have a building full of antennas it can force them to be removed and acollective one be installed.

To install a parabollic antenna it has to be on the roof top/penthouse. You cannot install thm in your own balcony.

The way to proceed is to request it formally in the next meeting of the Community of Owners. The owners of more than 1/3 of the quotas have to vote positively approving your request to install a satellite dish as per art 17.2 of the Horizontal Property Law (http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/lph.html):

2ª. La instalación de las infraestructuras comunes para el acceso a los servicios de telecomunicación regulados en el Real Decreto-ley 1/1998, de 27 de febrero, o la adaptación de los existentes, asÃ* como la instalación de sistemas, comunes o privativos, de aprovechamiento de la energÃ*a solar, o bien de las infraestructuras necesarias para acceder a nuevos suministros energéticos colectivos, podrá ser acordada, a petición de cualquier propietario, por un tercio de los integrantes de la comunidad que representen, a su vez, un tercio de las cuotas de participación.

La comunidad no podrá repercutir el coste de la instalación o adaptación de dichas infraestructuras comunes, ni los derivados de su conservación y mantenimiento posterior, sobre aquellos propietarios que no hubieren votado expresamente en la Junta a favor del acuerdo. No obstante, si con posterioridad solicitasen el acceso a los servicios de telecomunicaciones o a los suministros energéticos, y ello requiera aprovechar las nuevas infraestructuras o las adaptaciones realizadas en las preexistentes, podrá autorizárseles siempre que abonen el importe que les hubiera correspondido, debidamente actualizado, aplicando el correspondiente interés legal.

Sin perjuicio de lo establecido anteriormente respecto a los gastos de conservación y mantenimiento, la nueva infraestructura instalada tendrá la consideración, a los efectos establecidos en esta Ley, de elemento común.

The costs of the installation of the satellite dish will be borne only by you as well as it's maintainance. To all effects it will be regarded as a communal element. As already mentioned, it must be in the building's roof top, not in your own balcony.

If you don't manage to obtain >1/3 of the quotas as votes then you cannot install it and if you do you may be focred to remove it at your own expense by the Community of Owners.

If for some reason (e.g. technical) the dish cannot be installed in the building's rooftop then art 9 of RDL 1/98 applies and you may even install it in your own balcony providing this isn't forbiden by local laws (town hall).

You can google the full laws and have them translated for more details.

We advise you consult your particular case as it can become somewhat complex depending on various factors.